¿Se puede cancelar deudas con Hacienda y Seguridad Social en 2026?

20/03/2026
Fabiola Moreno Camacho

Las sentencias del Tribunal Supremo de 18 de febrero de 2026 aclaran qué parte de las deudas públicas se puede exonerar en la Ley de Segunda Oportunidad.

Cancelación de deudas públicas tras el Tribunal Supremo

Las sentencias del Tribunal Supremo de 18 de febrero de 2026 (SSTS 259/2026, 260/2026, 261/2026, 262/2026, 263/2026 y 264/2026) han fijado doctrina sobre la cancelación de deudas públicas en la Ley de Segunda Oportunidad.

Este criterio afecta directamente a quienes tienen deudas con Hacienda y deudas con la Seguridad Social, aclarando qué parte puede ser objeto de exoneración.

IMPORTANTE

El Tribunal Supremo no permite cancelar toda la deuda pública, pero sí amplía de forma relevante la exoneración de deudas con la Seguridad Social y Hacienda.

Qué deudas con Hacienda y Seguridad Social se pueden cancelar

El Tribunal Supremo establece que los créditos públicos subordinados pueden ser exonerados.

Esto incluye:

✔️ Intereses
✔️ Recargos
✔️ Sanciones

En la práctica, una parte muy importante de las deudas con Hacienda y Seguridad Social puede eliminarse.

CLAVE

En muchos casos, gran parte de la deuda no es el principal, sino intereses acumulados; esto permite una reducción muy significativa de la deuda total.

Qué NO se puede cancelar

El Tribunal Supremo confirma que el principal de la deuda pública mantiene límites conforme al artículo 489 del TRLC.

No existe una cancelación automática del 100%, el principal solo puede exonerarse dentro de los límites legales.

ERROR MUY COMÚN

Pensar que no se puede cancelar ninguna deuda con Hacienda o Seguridad Social.

Esto ya no es cierto tras las sentencias del Tribunal Supremo de 2026.

Conclusión

Las sentencias del Tribunal Supremo de 18 de febrero de 2026 suponen un avance importante en la cancelación de deudas públicas.

Permiten eliminar intereses, recargos y sanciones, lo que hace mucho más viable la exoneración de deudas con Hacienda y Seguridad Social, aunque el principal siga teniendo límites.

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